Establecidas por la Iniciativa de Accesibilidad Web (WAI) del World Wide Web Consortium (W3C), las Pautas de Accesibilidad al Contenido en la Web (WCAG/WCAG 2.0) son una serie de recomendaciones y pautas para que los contenidos en la web sean lo más accesibles posible para todo tipo de usuarios.
En TalentLMS, nos aseguramos de seguir todas las pautas WCAG 2.0 que también incluyen la mayoría de los requisitos de la Sección 508 de la ADA para la accesibilidad web.
¿TalentLMS cumple con las WCAG?
El cumplimiento de las WCAG depende en gran medida tanto de las capacidades del servicio como del contenido de los sitios y servicios web.
En lo que respecta a las capacidades del servicio, TalentLMS está desarrollado teniendo en cuenta los principios de la ingeniería moderna, incluyendo la navegabilidad, la búsqueda, la accesibilidad del teclado, la usabilidad y la compatibilidad. Esto se hace para maximizar la experiencia del usuario y también permite a nuestros clientes personalizar completamente su contenido, temas, añadir representaciones alternativas de contenido cuando sea necesario.
En cuanto al contenido, TalentLMS no tiene conocimiento ni control sobre el contenido que se carga en los dominios del servicio. Por lo tanto, es imposible reclamar el cumplimiento total de las WCAG (o similares).
Sin embargo, nos esforzamos por alcanzar el mayor nivel posible de conformidad con las pautas WCAG 2.0. Para ello, seguimos mejorando nuestra plataforma basándonos en los requisitos WCAG 2.0 para que todos los usuarios potenciales de TalentLMS puedan disfrutar de nuestro servicio.
¿Qué son las pautas WCAG 2.0?
Existen principalmente 12 criterios de éxito de las WCAG 2.0 para que los sitios web sean accesibles:
- Alternativas textuales: Proporcionar alternativas de texto para todo contenido no textual, de modo que se pueda convertir en otros formatos que las personas necesiten, como textos ampliados, braille, voz, símbolos o en un lenguaje más simple.
- Medios basados en el tiempo: Proporcionar alternativas para los medios basados en el tiempo.
- Adaptable: Crear contenido que pueda presentarse de diferentes formas (por ejemplo, con una disposición más simple) sin perder información o estructura.
- Distinguible: Facilitar a los usuarios ver y oír el contenido, incluyendo la separación del primer plano del fondo.
- Accesible a través del teclado: Hacer que toda funcionalidad esté disponible a través del teclado.
- Tiempo suficiente: Proporcionar a los usuarios el tiempo suficiente para leer y utilizar el contenido.
- Convulsiones: No diseñar contenido de un modo que se sepa podría provocar convulsiones.
- Navegable: Proporcionar medios para ayudar a los usuarios a navegar, encontrar contenido y determinar dónde se encuentran.
- Legible: Hacer que el contenido textual sea legible y comprensible.
- Previsible: Hacer que las páginas web aparezcan y operen de manera predecible.
- Ayuda a la entrada de datos: Ayudar a los usuarios a evitar y corregir los errores.
- Compatible: Maximizar la compatibilidad con agentes de usuario actuales y futuros, incluyendo tecnologías de asistencia.
¿Qué es la Sección 508?
La Sección 508 es una Ley Federal de los Estados Unidos. Como enmienda a la Ley de Rehabilitación de la Fuerza Laboral de los Estados Unidos de 1973, exige que toda tecnología electrónica e informática que desarrolle, adquiera, mantenga o utilice el gobierno federal sea accesible a las personas con discapacidad.
En virtud de la Sección 508, los sitios web tienen que cumplir una serie de requisitos específicos de accesibilidad web. Desde la fase de desarrollo, los sitios web deben estar diseñados para garantizar el pleno acceso y la facilidad de uso a las personas con problemas de movilidad, visión u otros tipos de discapacidad. Las normas de la Sección 508 son muy similares a las pautas WCAG 2.0.
¿Qué es la ADA?
La Ley para Estadounidenses con Discapacidades (ADA) es una ley de derechos civiles que prohíbe la discriminación contra las personas con discapacidad en todos los ámbitos de la vida pública, incluyendo empleos, escuelas, transporte y todos los lugares públicos y privados que están abiertos al público en general.
En resumen, la ADA exige a los empresarios, a los gobiernos estatales y locales y a los lugares de alojamiento público que garanticen la igualdad de oportunidades y de acceso a las personas con discapacidad.